ASILO


Por lo general se piensa en el ASILO como una herramienta para defenderse de persecución por razones políticas, cuando en realidad tiene recursos más amplios que abarcan a quienes sufren persecución por su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social determinado o por sus opiniones políticas.
Existen dos tipos de ASILO:
Asilo Afirmativo: Se presenta ante el Servicio de Inmigración y Ciudadanía quien se encarga de tomar una decisión sobre su caso.
Debe estar presente en Estados Unidos, no importa el estatus legal ni cómo entró al país y DEBE hacerse dentro del primer año de llegada al país.
Este proceso es para quienes no están en procesos de deportación.
Asilo Defensivo: Ocurre cuando una persona está en un proceso de expulsión y presenta una defensa para no ser deportado de Estados Unidos, se presenta ante la Corte de Inmigración con la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR por sus siglas en inglés).
Quiénes califican para un asilo defensivo:
Las personas que entren a Estados Unidos por un puerto de entrada legal como el aeropuerto o un Puesto de entrada en la frontera SIN VISA para permitir la entrada a Estados Unidos.
Las personas que entran a Estados Unidos SIN VISA y son detenidos por los oficiales de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) dentro de las 100 millas de cercanía a la frontera.
Las personas que son detenidas por los oficiales de los Servicios de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) en Estados Unidos.
Si usted es cuestionado por oficiales de CBP y no tiene visa para ser admitido en Estados Unidos será deportado, es decir que será devuelto a su país sin tener una audiencia en la corte.
Si usted dice que no puede regresar a su país y pide asilo, el oficial de CBP le hará unas preguntas para comprobar su miedo y luego lo llevará ante un Oficial de Asilo para una entrevista formal de miedo creíble.
Si ésta entrevista es aprobada, usted puede seguir en detención hasta que el oficial de asilo confirme que usted no representa amenaza para la seguridad.
Si usted entró por un puerto de entrada, tendrá libertad condicional de la detención de ICE.
Si usted fue detenido por CBP tendrá que solicitar una audiencia de fianza ante un juez de Inmigración de EOIR.